La Sala IV de la Cámara Federal de Casación
Penal confirmó que Jorge Exequiel Acosta, conocido como el Tigre Acosta, deberá
completar 35 años de prisión antes de solicitar la libertad condicional por su
condena por crímenes de lesa humanidad.
Los jueces concluyeron que las desapariciones
forzadas atribuidas al represor son delitos permanentes y que, por esa razón,
corresponde aplicar la Ley 25.990, sancionada en 2004, que estableció que los
ilícitos deben analizarse por separado para cada delito y cada imputado.
El fallo fue unánime y estuvo firmado por los
jueces Javier Carbajo, Gustavo Hornos y Mariano Borinsky, quienes rechazaron el
recurso de los abogados de Acosta contra la decisión del Tribunal Oral Federal
N.º 1 de Córdoba, que había descartado su planteo sin abrir el incidente de
libertad condicional. La solicitud se tramitó en el marco de la megacausa por
crímenes de lesa humanidad conocida como “La Perla”, en la que intervino ese
mismo tribunal.
La defensa había cuestionado que el pedido
hubiera sido rechazado sin informes penitenciarios, intervención de las partes
ni audiencia previa. Hornos señaló que el planteo fue debatido en una audiencia
celebrada el 22 de octubre, donde la defensa tuvo oportunidad de exponer sus
argumentos.
Por su parte, el fiscal general ante Casación
Javier Augusto De Luca había pedido revocar la decisión y aplicar el régimen
vigente al inicio de los hechos, que habilitaba la libertad condicional tras 20
años de encierro.
Acosta permanece detenido desde el 24 de
septiembre de 2003, actualmente bajo prisión domiciliaria. De acuerdo al
cómputo de la pena, deberá permanecer detenido hasta el 12 de enero de 2038,
cuando tendrá 92 años.




