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Opinion: ¿Justicia rápida o puerta giratoria?
11/08/2025 | 128 visitas
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Denunciaste un robo. Atrapan al ladrón. Lo meten preso. Pero al poco tiempo, sale libre gracias a un "juicio abreviado". ¿Cómo puede ser?

 

Te cambio la historia. Esta vez es real. Un conductor ebrio, a bordo de una camioneta 4x4, atropella a un ciclista. El ciclista muere. Deja una esposa y tres hijos pequeños. Ella es odontóloga en un hospital público. Vive en una casa que logró gracias a un plan de viviendas. Apenas llega a fin de mes. No puede pagar abogados. Confía en que el asesino al volante será condenado a varios años de prisión.

 

Pero empieza a sospechar. El acusado es un empresario poderoso, con vínculos políticos. Ella quiere saber qué pasa en la causa penal. Le dicen que necesita un abogado solo para ver el expediente. ¿Cuánto cuesta? Medio millón de pesos. La mitad de su sueldo. No puede acceder al patrocinio gratuito de la Defensoría de Víctimas porque tiene una propiedad y una profesión. Tramitar un certificado de pobreza es casi imposible.

 

Y lo peor está por venir: el acusado, junto a su abogado y el fiscal, acuerdan un juicio abreviado. Le dan 3 años de prisión, en suspenso. Es decir: no va preso. Ella no fue notificada. Nadie le avisó. Se entera por un blog. El asesino de su esposo: libre. Ella y sus hijos: nuevamente víctimas, esta vez del sistema de administración de justicia penal en el que todos confiamos. ¿Confiamos?

 

¿QUÉ ES UN JUICIO ABREVIADO?

Si le preguntás a una inteligencia artificial, te va a decir que es "un procedimiento especial dentro del proceso penal que busca simplificar y agilizar la resolución de ciertos casos, evitando la realización de un juicio oral completo". Pero esa definición esconde algo mucho más profundo. El juicio abreviado es una negociación. El fiscal, el defensor y el acusado acuerdan:

 

Evitar el juicio oral.

 

Pactar la calificación legal del delito.

 

Pactar la pena

 

Pactar cómo se cumple esa pena

 

¿Y LAS VÍCTIMAS?

No participan. Salvo que sean querellantes, lo que exige contratar un abogado. Para ellas, el juicio oral y público es un lujo. Se violan sus derechos constitucionales. El juicio previo, oral, público y contradictorio que exige la Constitución (art. 18) desaparece. También se ignoran principios republicanos (arts. 1 y 33) y el juicio por jurados (arts. 24, 75 inc. 12 y 118).

 

Lo que era un mecanismo excepcional se volvió rutina. Pasamos a una muy cómoda burocratización de la justicia penal. ¿Cuántas condenas se dictan por juicio abreviado en nuestro país? No lo sabemos. Las estadísticas judiciales son el secreto mejor guardado del Poder Judicial.

 

¿Y LOS GRANDES CASOS?

¿Recordás la causa de los Cuadernos de Centeno? Se viene el juicio oral. Pero no sería raro que muchos "arrepentidos" acuerden juicios abreviados. Penas condicionales. Sin devolver un peso. Las víctimas: el pueblo argentino. El fiscal, que debería representarlo, negocia penas a espaldas de todos.

 

¿Y LOS INOCENTES?

¿No es extraño que alguien detenido por meses acepte un juicio abreviado con pena condicional? ¿No parece una forma de coacción? "Confesá y salís libre". Esa "exteriorización de voluntad" que tiene un preso probablemente inocente es una encrucijada entre la libertad y el determinismo. Hay un tufillo a coacción.

 

Todos tenemos claro que nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo, juridicamente se prohíbe todo tipo de coercibilidad sobre el imputado como órgano de prueba, salvo en el juicio abreviado porque se aplica aquello de que "a confesión de parte, relevo de prueba". Los fiscales están obteniendo una condena en base a una simple confesión ¿Eso no se parece demasiado a una tortura?.

 

  ¿QUÉ PROPONGO? 

 

Cambiar la ley. Dos ejes:

 

Las víctimas: que puedan participar en el juicio abreviado sin necesidad de abogado. Y que su oposición pueda frenar el acuerdo.

Los acusados: que no se pueda hacer juicio abreviado si están detenidos. Y que solo se permita en delitos cuya pena máxima sea de 3 años.

Porque la justicia no puede ser una negociación entre pocos. Porque las víctimas merecen ser escuchadas. Porque los inocentes no deben confesar para recuperar su libertad.

 

·Antonio Gustavo Gomez. Ex Fiscal General Federal.

 

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